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Ampliación de exenciones de garantía a la hora de solicitar un aplazamiento en la AEAT

Publicado en el BOE- A-2023-8119

La Orden HAP/2178/2015, de 9 de octubre, estableció el límite exento de la obligación de aportar garantías en las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento en 30.000 euros.

Con la actual Orden HFP/311/2023, de 28 de marzo, se eleva el límite exento de la obligación de aportar garantía en las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento a 50.000 euros.

Artículo 2 exención de garantías (de la Orden HFP/311/2023).

Artículo 2 exención de garantías (de la Orden HFP/311/2023). No se exigirán garantías para las solicitudes de aplazamiento y fraccionamiento de pago de las deudas a que se refiere el artículo anterior, cuando su importe en conjunto no exceda de 50.000 euros y se encuentren tanto en periodo voluntario como en periodo ejecutivo de pago, sin perjuicio del mantenimiento, en este último caso, de las trabas existentes sobre bienes y derechos del deudor en el momento de la presentación de la solicitud.

Esta orden entrará en vigor el día 15 de abril de 2023.

Fuente: BOE